No Banner to display
Las distintas entidades bancarias del país comenzaron a recordarle a sus clientes que si no responden el Censo Económico 2020/2021 no podrán realizar determinadas operaciones. Es por una medida que dispuso el Banco Central a fin del año pasado y cuya obligatoriedad se extenderá hasta el 2022. El censo alcanza a 700 mil empresas y a 5 millones de personas físicas.
A principios de diciembre, los bancos recibieron un comunicado del BCRA en el que se especificó el cronograma a partir del cual las entidades financieras deberán exigir la presentación del Certificado de Cumplimiento Censal (CCC), que acredita que la persona, física o jurídica, respondió a las consultas del Censo Nacional Económico que lanzó el INDEC.
Sin la presentación de dicho certificado, los bancos no habilitarán las siguientes operaciones:
– Apertura de cuentas de depósitos y de cualquier otra que implique captación de fondos.
– Otorgamiento de créditos y sus respectivas renovaciones.
– Apertura de cuentas para valores en custodia.
– Alquiler de cajas de seguridad.
Por lo pronto en la web del INDEC el formulario ya está disponible. Para acceder a realizarlo, el usuario tiene que ingresar con su número de CUIT y Clave Fiscal. Cuenta con 15 preguntas destinadas a caracterizar su actividad, determinando a qué sector pertenece, el tamaño de la empresa y otras cuestiones básicas; y alcanza a agentes económicos registrados productores de bienes y servicios, incluyendo a todas las sociedades financieras y no financieras, instituciones sin fines de lucro, y quienes ejerzan actividades registradas en el monotributo o autónomos.
Fuente: Infobae