Habilitan a colectivos y micros a operar con más pasajeros

Podrán operar con hasta un 80% de su capacidad. Las empresas deberán gestionar la autorización con cada provincia.



No Banner to display

A la espera de la vacuna contra el Covid-19, el Gobierno avanza con la flexibilización del aislamiento en medio de la “nueva normalidad”. Ya habilitados los vuelos de cabotaje y los traslados en autos particulares, con el inicio de la temporada de verano el 1 de diciembre, ahora modificó la capacidad máxima de personas que pueden trasladar colectivos de corta, media y larga distancia.

Según se publicó en el Boletín Oficial, los colectivos urbanos e interurbanos, así como también los micros de larga distancia, podrán operar con hasta un 80% de su capacidad. Hasta ahora estaba más recortada para evitar la congestión de los servicios y minimizar las posibilidades de contagio de coronavirus.

Ya con la aprobación de Nación, ahora los operadores de los servicios alcanzados por la presente resolución, previo a iniciar la actividad, deberán gestionar la conformidad de las provincias.

A mediados de noviembre la Comisión Nacional de Regulación del Transporte (CNRT) aprobó las medidas sanitarias que se deben aplicar en los coches, ya sea terrestre o ferroviario. Los protocolos de seguridad e higiene contemplan la colocación de suministros de alcohol en gel, soluciones a base de alcohol, el uso de tapa boca o barbijo en pasajeros, conductores y empleados vinculados a la actividad, la toma de temperatura corporal, ventilación, desinfección y limpieza asidua, en especial en espacios comunes y sanitarios.

Si el micro cuenta con aire acondicionado, el mismo puede estar encendido durante el trayecto “en época de altas temperaturas”, pero en todos los casos debe mantenerse “la totalidad de los ventiletes y/o ventanillas abiertos”. Por otro lado, con los servicios gastronómicos suspendidos momentáneamente, la CNRT había dispuesto que los micros de media y larga distancia podían llevar por unidad 37 pasajeros en los vehículos “Semi Cama”; 26 para los que son “Cama Ejecutivo” y 18 en los servicios denominados “Cama Suite”.

La medida surge en respuesta a una presentación realizada por representantes del sector: Cámara Empresaria de Larga Distancia (CELADI), Asociación Argentina de Empresarios del Transporte Automotor (AAETA), Cámara Argentina del Transporte Automotor de Pasajeros (CATAP) y la Cámara Empresaria de Autotransporte de Pasajeros (CEAP), que manifestaron “la imperiosa necesidad de modificar” la “limitación de la capacidad de transporte de los vehículos del autotransporte interurbano de pasajeros bajo jurisdicción nacional en el marco de la pandemia de COVID-19″.

 

Fuente: ÁmbitoFinanciero.com

Publicado en: Sociedad   Etiquetas: ,


Articulos relacionados