Presentarán una cautelar para impedir el «impuesto Netflix»

Una asociación de consumidores rechazó el cobro de Ingresos Brutos a empresas que ofrecen películas y series por internet por considerar que "repercutirá pronto en la tarifa que las compañías cobran a los usuarios".



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Una asociación de consumidores rechazó el cobro de Ingresos Brutos a empresas que ofrecen películas y series por internet por considerar que «repercutirá pronto en la tarifa que las compañías cobran a los usuarios».




El fundador y representante legal de la asociación «Consumidores Libres», Héctor Polino, anticipó que presentará una medida cautelar contra el impuesto creado por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires a las empresas que ofrecen películas y series por internet, como Netflix y Spotify, por considerar que es una resolución que sólo le «corresponde al Congreso de la Nación». El cobro del impuesto, tal cual lo establece la resolución 593 de la Administrador Gubernamental de Ingresos Públicos de la Ciudad (AGIP), no debería repercutir en la tarifa.

La resolución de la administración Macri entrará en vigencia el 1° de noviembre. Según el dirigente de los consumidores, «es el Congreso Nacional el único facultado por la Constitución para crear nuevos impuestos».

Polino dijo que el Gobierno de la Ciudad «no puede crear un impuesto que excede los límites de Buenos Aires» y amplió el concepto al considerar que es difícil y difusa como prueba de radicación que sean las tarjetas de débito y de compra o crédito las que se conviertan en agentes de retención, como establece la norma que aprobó Macri para justificar la creación tributo.

Polino admitió que el gravamen a los ingresos brutos que carga a las empresas de películas y series por Internet «repercutirá pronto en la tarifa que las compañías le cobran a los usuarios y es en prevención de ello que vamos a actuar en defensa de los consumidores».

AGIP aplicará desde noviembre una retención del 3 por ciento de impuesto sobre los Ingresos Brutos a servicios de suscripción online.

Según explica AGIP en su resolución, publicada el martes en el Boletín Oficial, «corresponde establecer un Régimen de Retención a través de las Entidades Emisoras de Tarjetas de Crédito, Débito y Compra para que actúen como Agentes de Retención del Impuesto sobre los Ingresos Brutos cuando intervienen en la contratación de servicios de suscripción online con acceso a películas, TV y otros tipos de entretenimiento audiovisual («películas y series») que se transmiten por Internet a televisores, computadoras y otros dispositivos conectados a Internet».

La normativa apunta también a establecer un impuesto  por la suscripción para comprar y/o alquilar contenidos digitales relacionados con música, juegos, videos, o similares.

«La alícuota aplicable para la liquidación de la retención será del 3 por ciento, sobre el precio neto de la operación y se practicará en el momento de la rendición de los fondos para su transferencia al exterior», reza la resolución del Gobierno de la Ciudad.

La Resolución establece entre los considerandos que: «Lo que llaman revolución virtual implica redefinir en el ámbito del derecho las nociones tradicionales de jurisdicción, competencia, validez espacial y temporal, llevando a redefinir el rol del Estado; y aseguran que  corresponde prever que las transacciones que se realizan a través del comercio electrónico «no socaven la capacidad del Estado para recaudar los ingresos públicos vía tributación».

Fuente: minutouno.com

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