El oficialismo presentó un proyecto para derogar la Interrupción Voluntaria del Embarazo

Lleva las firmas de seis diputados libertarios, entre ellos, del jefe de bloque. Establece entre otros puntos la eliminación de la no punibilidad en casos de violación. Su autora debió aclarar que se trata de una iniciativa suya y no del Gobierno nacional.



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Un grupo de diputados de La Libertad Avanza presentó un proyecto para derogar la Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE), aprobada en diciembre de 2020.

El expediente tuvo alta en el sistema el lunes pasado, pero recién trascendió este miércoles, cuando aún resuena la derrota legislativa de la Ley de Bases y antes de la reunión del presidente Javier Milei con el papa Francisco.

El proyecto lleva las firmas de los diputados Oscar Zago -jefe del bloque libertario-; Rocío Bonacci; Benedit Beltrán; María Fernanda Araujo; Lilia Lemoine y Manuel Quintar.

Concretamente, propone derogar la Ley 27.610, vigente desde enero de 2021Pero además, avanza sobre interrupciones de embarazo que estaban autorizadas en el Código Penal previo a la aprobación de la norma. Por caso, no era punible antes de su sanción el aborto en casos de violación o de riesgo para la salud integral de la persona gestante. En el proyecto, sólo se autoriza en casos de «peligro inminente para la vida de la madre, siempre que el peligro no pueda ser evitado por otros medios».

De aprobarse, será reprimido con prisión de tres a diez años quien causare un aborto sin consentimiento de la mujer -en el Código Penal dice persona gestante, pero este término también es reemplazado en el proyecto-. Esta pena podría elevarse hasta quince (15) años si el hecho fuere seguido de la muerte de la mujer. La pena será de uno a cuatro años si quien causare un aborto obrare con consentimiento de la mujer. Y el máximo de la pena se elevará a seis años si el hecho fuere seguido de la muerte de la mujer. También establece la derogación del artículo 85bisque prevé penas de tres meses a un año de prisión e inhabilitación especial por el doble de tiempo de la condena para el funcionario público o la funcionaria pública o la autoridad del establecimiento de salud, profesional, efector o personal de salud que dilatare injustificadamente, obstaculizare o se negare, en contravención de la normativa vigente, a practicar un aborto en los casos legalmente autorizados.

Propone además modificar el artículo 86, que se refiere a los profesionales a cargo de la interrupción del embarazo. “Sufrirán, además, inhabilitación especial por doble tiempo que el de la condena, los médicos, cirujanos, parteras o farmacéuticos que abusaren de su ciencia o arte para causar el aborto o cooperaren a causarlo», prevé. «El aborto causado por un médico diplomado con el consentimiento de la mujer encinta y con el fin de evitar un peligro inminente para la vida de la madre no es punible, siempre que el peligro no pueda ser evitado por otros medios”, agrega.

“Será reprimida con prisión de uno a tres años, la mujer que causare su propio aborto o consintiere en que otro se lo causare. La tentativa de la mujer no es punible. El juez podrá disponer que se exceptúe de la pena a la mujer en atención a los motivos que la impulsaron a cometer el delito, su actitud posterior, y la naturaleza del hecho”, añade la modificación del artículo 88.

Ante el revuelo que causó la presentación de este proyecto, su autora, la diputada Bonacci, aclaró que se trata de una iniciativa suya y no del Poder Ejecutivo. «Defiendo la vida. Ni más, ni menos», aseguró.

Consultada por si debía contar con la autorización de Milei para presentar el texto, la legisladora respondió: «Los diputados pueden y deben presentar PROYECTOS. No sabía que tenia que pedir permiso para proceder…».

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