Promulgan ley de inmunidad a activos de bancos centrales

El gobierno promulgó la ley que otorga inmunidad a los activos de bancos centrales extranjeros depositados en nuestro país



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El gobierno promulgó la ley que otorga inmunidad a los activos de bancos centrales extranjeros depositados en nuestro país




Así lo hizo a través del decreto 1300/2014, fechado ayer y publicado hoy en el BoletíOficial con la firma de la presidenta Cristina Fernández de Kirchner, el jefe de Gabinete, Jorge Capitanich; y el ministro de Economíy Finanzas, Axel Kicillof.

En su articulado, la ley 26.961 establece que «los bancos centrales extranjeros u otras autoridades monetarias extranjeras son inmunes a la jurisdicción de los tribunales argentinos».

No obstante, pone como excepción el «consentimiento expreso manifestado por escrito a través de un tratado internacional, contrato, acuerdo de arbitraje o mediante declaración escrita posterior al inicio de una controversia judicial o arbitral».

Los bancos centrales extranjeros también quedarán exceptuados de la protección en caso de «reconvención basada en la misma relación jurío en los mismos hechos que la demanda principal» o «cuando la demanda versare sobre una actividad ajena a sus funciones propias y la jurisdicción de los tribunales argentinos surgiere del contrato invocado o del derecho internacional».

En otro punto, la norma indica que los activos de un Banco Central extranjero o una autoridad monetaria extranjera gozan de inmunidad de ejecución y/o embargo en los tribunales argentinos respecto «a cualquier medida coercitiva» que pudiera afectar a dichos activos.

De todas formas, aclara luego que esa inmunidad «será aplicable en la misma medida en que los activos del Banco Central de la República Argentina, en su calidad de autoridad monetaria nacional, gocen de inmunidad conforme la legislación del paíal cual pertenece el Banco Central extranjero de que se trate».

Finalmente, se establece que las disposiciones de esta ley serán instrumentadas a través de la suscripción de convenios bilaterales con las respectivas autoridades monetarias extranjeras.

Fuente: Ambito.com

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