Lavado de dinero: ahora se deberá informar el origen de las transacciones superiores a $ 2,2 millones

Los escribanos deberán presentar documentación respaldatoria de los fondos. Antes el monto a informar era de $ 1 millón.



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Los escribanos deberán presentar documentación respaldatoria de los fondos. Antes el monto a informar era de $ 1 millón.




La Unidad de Información Financiera (UIF) elevó los montos a partir de los cuales los escribanos deben requerir documentación respaldatoria del origen lícito de los fondos, a fin de “incrementar la eficacia del sistema preventivo contra el lavado de activos y la financiación del terrorismo”.

Tal documentación se demandará cuando las transacciones superen los 2,2 millones de pesos (antes, un millón), según la resolución 56 de la UIF, que se publica hoy en el Boletín Oficial.

El organismo antilavado justificó la modificación con el objetivo de “concentrar aún más los esfuerzos en aquellos supuestos en los que existe mayor riesgo de comisión de los citados delitos y en aquellos clientes cuyas actividades denoten un mayor volumen económico relativo”.

La documentación respaldatoria a requerir podrá consistir en la copia autenticada de escritura por la cual se justifiquen los fondos con los que se realiza la compra; o certificación extendida por contador público matriculado, debidamente intervenida por el Consejo Profesional, que indique el origen de los fondos, y señale en forma precisa la documentación que se tuvo a la vista.

También se podrá exigir documentación bancaria de donde surja la existencia de los fondos o que acredite la venta de bienes muebles, inmuebles, valores o semovientes, por importes suficientes; o bien, cualquier otra documentación que respalde la tenencia de fondos suficientes para realizar la operación.

Los requisitos de identificación resultarán asimismo de aplicación cuando, a juicio del escribano, se realicen operaciones vinculadas entre sí que individualmente no hayan alcanzado el nivel mínimo establecido, pero que en su conjunto alcancen o excedan dichos importes.

La resolución de la UIF aumenta asimismo de 600 mil a 2,2 millones de pesos el monto de las operaciones a partir de los cuales deben definir el perfil del cliente los agentes o corredores inmobiliarios matriculados y las sociedades de cualquier tipo que tengan por objeto el corretaje inmobiliario.

La Unidad de Información explicó en la medida que de esta forma se recepta lo establecido en la Recomendación 1 de las 40 establecidas por el GAFI (Grupo de Acción Financiera Internacional) para prevenir los delitos de lavado de activos y de financiación del terrorismo.

Fuente: Cronista.com

Publicado en: Economía   Etiquetas: , ,


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