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La Cámara Nacional Electoral consideró que el uso de videos fake en campaña son delitos electorales, debido a que inducen a engaños y distorsionan el debate público, sobre todo cuando se difunden mediante redes sociales. La decisión fue adoptada en una causa del 2021, pero tiene relevancia actual porque en las últimas elecciones porteñas se publicó una pieza audiovisual realizada con inteligencia artificial de Mauricio Macri que falsamente anunciaba el retiro de la candidatura de Silvia Lospennato.
En concreto, el tribunal de alzada ratificó el procesamiento de una mujer acusada de difundir videos falsos para perjudicar la imagen de Mario Raúl Negri, precandidato a senador nacional por la alianza “Juntos por el Cambio”, durante la campaña de las Primarias Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO) 2021 en Córdoba. La decisión judicial sostiene que la imputada incurrió en conductas tipificadas como engaño a los electores, delito previsto en el artículo 140 del Código Electoral Nacional.
Ese artículo establece el siguiente texto: «Inducción con engaño. Se impondrá prisión de dos meses a dos años al que con engaños indujere a otro a sufragar en determinada forma o a abstenerse de hacerlo».
Según la resolución, la acusada, empleada de una empresa dedicada a la comercialización de páginas publicitarias, habría publicado dos videos apócrifos en una página de Facebook gestionada por la compañía Meta.
La página fue creada por encargo con el objetivo de afectar la reputación de Negri en plena campaña electoral. Los audiovisuales, elaborados mediante técnicas de deepfake, mostraban la imagen del dirigente durante entrevistas reales, pero con la voz de otra persona.
Fuente: Infobae