Habilitan a las prepagas y obras sociales a restringir la cobertura de medicamentos de alto costo en los planes cerrados

A partir de esta medida, únicamente los profesionales incluidos en las cartillas podrán emitir recetas y órdenes de tratamientos de precios elevados. La medida funcionará como un fundamento ante posibles demandas judiciales



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La nueva resolución apunta a que solo médicos de la cartilla emitan recetas y órdenes para afiliados de planes cerrados.

La medida busca reducir gastos en el sistema de salud y que los médicos que no conocen la historia clínica del paciente prescriban medicamentos.

Los pacientes que deseen elegir profesionales externos deberán pagar los medicamentos sin descuento u optar por planes abiertos, de mayor costo mensual.

La Resolución 3934/2024 de la Superintendencia de Servicios de Salud, publicada en el Boletín Oficial, estableció nuevos lineamientos para planes de salud de las obras sociales y prepagas, con requisitos específicos sobre la presentación de cartillas de prestadores, condiciones de acceso y cobertura, entre otros puntos. El texto lleva la firma de Gabriel Oriolo, superintendente de Servicios de Salud.

La novedad más importante es que, a partir de la resolución publicada este lunes, únicamente los profesionales incluidos en las cartillas de cada prepaga podrán emitir las recetas y órdenes de tratamiento necesarios para que los pacientes que cuentan con este tipo de cobertura. En cambio los afiliados a planes abiertos continuarán con las mismas prestaciones.

Fuente: Infobae

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