Cromañón: la Corte revocó el fallo contra Callejeros, y piden la excarcelación de Fontanet

Así lo confirmaron fuentes judiciales y Marcelo Brito, abogado del ex líder de la banda



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Así lo confirmaron fuentes judiciales y Marcelo Brito, abogado del ex líder de la banda




La Corte Suprema de Justicia revocó la condena contra los integrantes del grupo Callejeros en la causa por la tragedia de Cromañón, en la que murieron 194 personas el 30 de diciembre e 2004.

Así lo anunció Marcelo Brito, abogado del ex líder de la banda, Patricio Fontanet, quien cumple una sentencia de siete años en el penal federal de Ezeiza.

«La Corte dispuso hacer lugar al recurso de queja que interpusimos contra la sentencia condenatoria», explicó Brito a LA NACION.

El letrado indicó que el máximo Tribunal solicitó que la Cámara Federal de Casación revise la sentencia que condenó a los músicos.

En cuanto a la posibilidad de que queden en libertad, Brito explicó que esta mañana se presentó ante el Tribunal Oral en lo Criminal 24 e hizo una presentación en la que solicitó la excarcelación como consecuencia del fallo de la Corte.

«Entendemos que se ha modificado sustancialmente la situación con este fallo, por eso creemos que corresponde la excarcelación. El Tribunal deberá tomar una decisión seguramente entre hoy y mañana», indicó.

Brito contó que tanto Fontanet como Daniel Cardell y Christian Torrejón están al tanto de esta nueva situación y que «están felices de que la Corte haya acogido el recurso» y que esperan ansiosos «una definición en cuanto a si será o no liberado».

En tanto, fuentes judiciales dijeron a LA NACION que el tribunal envió la causa a la Cámara Federal de Casación para que las penas sean revisadas pero por una sala diferente a las que las fijó.

EL FALLO

El fallo fue firmado por los ministros Elena Highton de Nolasco, Enrique Petracchi, Juan Carlos Maqueda y Raúl Zaffaroni, y tuvo en cuenta el criterio del «doble conforme», es decir, que la condena debe ser revisada en otra instancia, luego del dictado del fallo.

Esto no ocurrió con el monto de las penas efectivas impuestas por Cromañón.

En el juicio oral, los músicos habían sido absueltos pero la sala III de Casación revocó esa decisión y los condenó, sin otra instancia de revisión.

Con este fallo de la Corte la condena no quedó firme, tendrá que ser revisada y por ello la defensa quedó en condiciones de intentar obtener la libertad de los detenidos.

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Fuente: Lanacion.com.ar

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