La Justicia comenzó a dar señales a favor de la baja de los costos laborales

Pese a que todavía no hay una decisión de fondo sobre si el nuevo régimen de ART es constitucional, varias sentencias avalan la ley del Gobierno.



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El relato de la lucha contra las «mafias» es el nuevo leitmotiv oficial. En las últimas semanas cayeron en desgracia el sindicalista de la construcción Juan Pablo «Pata» Medina y el empresario naviero Miguel Ángel Doñate. Pero pocos recuerdan que el nombre que inauguró la embestida fue el del diputado del FPV y abogado laboralista, Héctor Recalde . En junio pasado, el presidente Mauricio Macri lo acusó públicamente de encabezar la «mafia de los juicios laborales».

El mandatario había sido notificado en esos días de que el 50% de las demandas laborales en 2016 había estado en manos de 60 abogados y que esos juicios habían generado US$ 600 millones en honorarios para esos estudios, multiplicando el costo laboral de las empresas privadas -hay aún en la actualidad un stock de 300.000 juicios contra las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (ART)- y complicando la creación de empleo.

En febrero pasado, el Gobierno había logrado aprobar en sesiones extraordinarias del Congreso el nuevo régimen de ART. En poco tiempo adhirieron la ciudad de Buenos Aires y Córdoba, pero la política -en el Gobierno culpan a Sergio Massa- frenó aún la aprobación en la provincia. Todo se destrabaría en noviembre.

Sin embargo, por lo bajo y pese a que todavía no se resolvió la constitucionalidad o no de la ley, la Justicia comenzó a allanar la aceptación del nuevo sistema de riesgos del trabajo con fallos, incluso, de la Corte. La última novedad llegó el martes pasado, cuando ese cuerpo revocó un fallo de la Sala III de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo que obligaba a la transportadora de caudales Brinks a pagarle a una recontadora de billetes $ 4.000.000 por una tendinitis en su muñeca.

La trabajadora les había hecho juicio a la empresa y a la ART reclamando una indemnización de $ 482.112 por las lesiones físicas que, según dijo, le provocaban un 50% de incapacidad. En el juicio se comprobó que la trabajadora sólo había sufrido una leve lesión en sus muñecas que le provocaba una incapacidad física del 7,32%. Sin embargo, el fallo de la Sala III, firmado por Diana Cañal y Néstor Rodríguez Brunengo, sostuvo que de esa lesión se derivaba también una incapacidad psíquica del 10% y resolvió que la empresa y su ART debían pagar una indemnización por daño material y moral de $ 1.150.000. A eso se le sumaron intereses. La cuenta llegó a los 4 millones de pesos.

La Corte revocó esa decisión. Estimó que los jueces de la cámara fijaron la indemnización apoyándose en pautas sumamente genéricas «que no permiten verificar cuáles han sido los fundamentos o el método seguido para establecerlas».

Éste no es el único fallo que comienza a generar un cuerpo de jurisprudencia a favor de la nueva ley. A eso se suman otras sentencias similares de la Corte firmadas el 12 de septiembre (Caso Marando contra QBE) y el 4 de abril (López contra Horizonte). También la de la Sala X de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo (Fadelle contra Asociae ART). «La Corte va por el sentido que establecen las leyes y por el sentido de razonabilidad de las reparaciones tarifadas», afirmaron desde la Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT). «Ya no convalida fallos más allá de lo que establece la nueva ley», estimaron. «Las indemnizaciones que paga el sistema son más que suficientes, iguales o superiores que en un juicio civil. Si el juez la triplica no está bien porque está creando derecho y los jueces no están para eso. Esto no significa que algún juez laboral pueda ir más allá, pero lo va a tener que justificar muy en serio y eso es litigiosidad razonable», dijeron.

«La Justicia tiene la llave de la certidumbre. A mayor unificación de criterios claros menor litigiosidad», afirmó Mara Bettiol, presidenta de la Unión de Aseguradoras de Riesgos del Trabajo. «La Corte se expidió en contra de las arbitrariedades», dijo.

No todo está dicho. El nuevo régimen, pese a que no tuvo cautelares en contra, enfrenta una decena de acciones de clase que atacan su constitucionalidad. Resta saber si el fondo se definirá en la justicia laboral o en la contenciosa administrativa. El Gobierno apuesta a esta última. También hay acciones individuales contra la ley. En primera instancia, la mayoría apoya la constitucionalidad. En la segunda, hay tres fallos a favor y tres en contra. Con suerte, la Corte se expedirá sobre el fondo a fines de 2018.

Carga para las empresas

15% más litigiosidad

Es lo que aumentó en lo que va de este año, según la UART. Para Trabajo, hay 300.000 juicios en stock contra las ART.

Nuevo régimen

Se aprobó en febrero, pero sólo se implementó en la ciudad de Buenos Aires y en Córdoba.

El avance provincial

La provincia de Buenos Ayres la aprobó en Diputados, pero se trabó en el Senado.

Las otros distritos

Tras las elecciones, en el Ministerio de Trabajo creen que podrán impulsarla en la provincia de Buenos Aires. El martes próximo se aprobará en Mendoza (pasa al Senado) y en Salta antes de las elecciones. Falta Santa Fe.

96% acuerdo

Es el porcentaje de los 1000 conflictos que se tramitaron en la ciudad que cerraron en un plazo promedio de 40 días, según la UART.

Las aseguradoras

Estas empresas creen que los fallos de la Corte Suprema dan «certidumbre» a la nueva ley.

Fallos novedosos

En meses, la Corte Suprema dictó fallos acotando arbitrariedades en las indemnizaciones.

Constitucionalidad

Hay acciones colectivas contra el nuevo régimen, que aún debaten la jurisdicción en la que se resolverán. También existen acciones colectivas. La Corte Suprema resolvería el fondo de la cuestión a fines de 2018.

Fuente: Hace Instantes

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