Con cambios, Senado aprobó ley de responsabilidad penal empresaria

El Senado debatirá hoy en sesión especial el proyecto que crea un régimen para penalizar los delitos de corrupción que involucren a empresarios y miembros de la administración pública, respaldado por entidades multilaterales como la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE). También se tratará un proyecto para reestablecer los feriados puentes y la prórroga de […]



No Banner to display

El Senado debatirá hoy en sesión especial el proyecto que crea un régimen para penalizar los delitos de corrupción que involucren a empresarios y miembros de la administración pública, respaldado por entidades multilaterales como la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE). También se tratará un proyecto para reestablecer los feriados puentes y la prórroga de la ley de tierras indígenas.

Los principales bloques políticos acordaron darle sanción favorable al proyecto, ya aprobado en Diputados, pero la iniciativa regresará a la Cámara baja ya que se le hicieron numerosos cambios al expediente original, con la anuencia de la oposición y el oficialismo. 

Entre esas modificaciones se eliminó la imprescriptibilidad de los delitos (quedó fijada en seis años) y se acotaron las multas al daño producido.

No obstante, se mantuvo la negativa a sancionar con retroactividad los casos de corrupción, que el oficialismo pretendía incluir para abordar los casos derivados del escándalo de coimas de la empresa brasileña Odebrecht.

La iniciativa incluye los delitos de cohecho y tráfico de influencias; negociaciones incompatibles con el ejercicio de las funciones públicas; enriquecimiento ilícito de funcionarios y empleados; y balances e informes falsos agregados, como pasibles de sanción a personas jurídicas privadas, ya sean de capital nacional o extranjero, con o sin participación estatal.

Las empresas serán responsables por los delitos que fueran realizados directa o indirectamente con su intervención o en su nombre, interés o beneficio. Este punto incluye a quienes hubieran actuado en beneficio o interés de la persona jurídica, aún cuando fuesen terceros desvinculados pero que hayan beneficiado a las empresas con su actuación dolosa.

En tales casos las empresas quedarán exentas de responsabilidad sólo si el individuo que cometió el delito hubiera actuado en su beneficio y sin generar provecho alguno para la persona jurídica.

Si la compañía cambiara de nombre, mediante fusiones, transformaciones o modificaciones de su composición societaria, la responsabilidad penal subsiste, según el texto del proyecto.

La actuación judicial se extinguirá con la reparación del daño causado y la eventual extinción de la sanción penal para las personas humanas autoras del delito (por fallecimiento, por ejemplo) no afectará la vigencia de la acción penal contra las empresas.

Además, podrá ser condenada la persona jurídica aún cuando no haya sido posible identificar y juzgar a la persona humana que hubiera intervenido en el delito.

La multa para la compañía se establece en 2 a 5 veces el valor de la ganancia que se logre a partir de su conducta delictiva.

La pena se irá incrementando hacia la suspensión parcial o total de la actividad, que no podrá exceder los 10 años; la suspensión para participar de concursos de servicios públicos, también por 10 años; y la disolución de la personería, cuando la firma hubiese sido creada al sólo efecto de la comisión del delito.

Habrá eximición de pena cuando concurran tres cuestiones: que espontáneamente la empresa haya denunciado un delito previsto en la ley, como consecuencia de una actividad de detección interna; que se hubiera implementado un sistema de control adecuado conocido como programa de integridad o «compliance»; y que se hubiera devuelto el beneficio indebido obtenido.

El proyecto también prevé un acuerdo de colaboración eficaz, que podrá ser celebrado entre la persona jurídica y el Ministerio Público Fiscal, por el cual la empresa se obliga a cooperar a través de la revelación de detalles para el esclarecimiento de los hechos.

Sin embargo, no estará exenta de pagar una multa igual a la mitad de lo establecido en el valor más bajo de la escala penal mencionada.

Por último, el proyecto establece que las empresas están obligadas a tener programas de integridad, más allá de ser o no contratistas del Estado nacional.

En tanto, la Cámara alta también debatirá el proyecto de ley que le da al Poder Ejecutivo la facultad de disponer de tres feriados puente anuales, una herramienta que había sido eliminada a principio de año por un decreto de necesidad y urgencia (DNU).

La iniciativa, que ya fue aprobada por Diputados, se convertirá en ley si la Cámara alta la sanciona sin modificaciones.

El proyecto establece que el Poder Ejecutivo podrá determinar hasta tres feriados puente utilizando, por ejemplo, los lunes o los viernes cuando haya feriados inamovibles que caigan en martes o jueves, respectivamente.

El gobierno tendrá que anunciar los feriados puente del año siguiente hasta cincuenta días antes del año en curso. En el caso del año 2018, los feriados puente deberían ser anunciados en noviembre próximo.

Asimismo, el otro tema en la intensa agenda de hoy del Senado es la prórroga de la ley de tierras indígenas que vence a fines de noviembre y que impide desalojos de comunidades sometidas a procesos judiciales.

Anoche aún había intensas negociaciones para avalar la iniciativa sobre tablas en base a un texto consensuado.

El eje de la discusión gira en torno al plazo de la prórroga de la ley 26.160, ya que mientras el oficialismo pide que la extensión del permiso sea por un año, sectores del PJ-FPV reclamaban que vuelva a ser por cuatro años y otros miembros de ese espacio aceptarían que sea por dos años, explicaron fuentes parlamentarias.

La ley 26.160, sancionada en 2006, declara -en todo el territorio nacional y por el término de cuatro años- la emergencia en materia de posesión y propiedad de tierras que ocupan las comunidades indígenas, cuya personería jurídica estuviese debidamente registrada ante el Registro Nacional de Comunidades Indígenas.

La medida suspende por el término de la duración de la emergencia declarada el trámite de ejecución de sentencias de desalojos dictadas en los procesos judiciales que tengan por objeto principal o accesorio la desocupación y/o desalojos de las tierras comprendidas.

Un informe de la Auditoría General de la Nación (AGN), al que accedió Télam, recomienda la prórroga de la ley 26.160 pero también menciona «el alto nivel de incumplimiento de todas las metas» previstas por la norma.

El documento sostiene que la ley 26.160 «constituye una herramienta para proteger los derechos de las comunidades indígenas porque suspende los desalojos y permite generar documentación oficial que reconoce la ocupación actual, tradicional y pública y funciona como prueba».

También indica que la ley 26160 se aplica a todo tipo de comunidades, no solo a las inscriptas pero añade que el Programa de Relevamiento Territorial establecido por Ley 26.160 (RETECI) «ha sufrido retrasos en su ejecución debido, entre otras razones, a su implementación en la modalidad descentralizada».

«Se advierte una mayor efectividad en la ejecución del programa en la modalidad centralizada o de cogestión, ya que los agentes del INAI (Instituto Nacional de Tierras Indígenas) han adquirido una experiencia técnica relevante», indica.

Sin embargo, precisa el informe, «se han relevado 702 comunidades que representan el 74 por ciento respecto de los objetivos planteados en su inicio (950 comunidades) y el 46 por ciento respecto del número de comunidades actualmente identificadas (1532 comunidades) ya que desde el inicio del programa se han registrado nuevas comunidades».

«Ello significa que se han relevado alrededor de 7.829.750,5 hectáreas de las identificadas inicialmente (9.000.000 de hectáreas) lo cual representa el 86,99 por ciento», concluye un resumen del informe de la AGN.

La negociación política para elaborar un «texto consensuado» era llevada adelante hoy por los principales asesores de los bloques mayoritarios.

Si bien el oficialismo pretendía inicialmente confeccionar una nueva ley habría acuerdo para mantener la ley vigente e incorporarle al mismo texto algunas modificaciones sobre el relevamiento y los plazos para aprobar la iniciativa mañana sobre tablas, en la sesión del Senado en la que se debatirá en primer término la ley de responsabilidad penal empresaria.

Si el texto es aprobado en el Senado sería girado luego a la Cámara de Diputados, donde los referentes tanto de Cambiemos como del FPV -como Patricia Giménez y Héctor Recalde- ya avisaron que buscarán aprobarlo en la sesión de la semana próxima.

Fuente: Ámbito



Articulos relacionados