Bienes Personales: el 13 de julio vence el plazo para presentar la declaración jurada

La presentación para personas físicas y sociedades vencerá entre el 11 y 13 de julio, informó la AFIP.



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La presentación de la declaración jurada del Impuesto a los Bienes Personales para personas físicas y sociedades vencerá entre el 11 y 13 de julio, informó la AFIP.

Según el organismo, quienes estén registrados como contribuyentes cumplidores tendrán que presentar la liquidación como cada año pero no deberán pagar el impuesto que surja de ella.

Para los empleados y jubilados, el vencimiento de las presentaciones será el 30 de junio, siempre que sus ingresos brutos de 2017 sean iguales o superiores a $ 500.000, independientemente de si sufrieron retención durante el año fiscal. Además, habrá que pagar una tasa de de 0,50% por el excedente del nuevo mínimo de $ 950.000.

El martes, la AFIP aclaró la manera en que deben incluirse los inmuebles y automóviles en las declaraciones juradas del Impuesto sobre los Bienes Personales.

Respecto a los inmuebles, se determinó que en la Ciudad de Buenos Aires el importe declarado no podrá ser inferior a la valuación fiscal homogénea que figura en las boletas del ABL porteño. Esto sin multiplicar esa base imponible por cuatro, cuestión que había sido creada por la Ciudad para acercar la cifra a los valores de mercado.

Y en cuanto a los automóviles, el organismo determinó que el valor de la tabla que publica para cada modelo tendrá que considerarse incluso en el quinto ejercicio, contado desde que el bien ingresó en el patrimonio del contribuyente.

 

Fuente: Clarín

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