Prevén el blanqueo de unos 300 mil trabajadores en un año

El gobierno nacional prevé que ocurra durante el primer año de vigencia de la ley 26.940 de Promoción del Trabajo Registrado y Prevención del Fraude Laboral



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El gobierno nacional prevé que ocurra durante el primer año de vigencia de la ley 26.940 de Promoción del Trabajo Registrado y Prevención del Fraude Laboral




El gobierno nacional prevé que ocurra durante el primer año de vigencia de la ley 26.940 de Promoción del Trabajo Registrado y Prevención del Fraude Laboral, recientemente promulgada se regularizarán unos 300.000 trabajadores que actualmente se desempeñan en negro, y más del doble en los dos primeros años, hasta llegar a 650.000.

La norma, que será reglamentada en breve, contiene “una batería de medidas que buscan fomentar la registración, reduciendo los costos laborales para las empresas pequeñas”, señalaron a Télam fuentes del Ministerio de Trabajo.

Por otro lado, la ley otorga beneficios con una vigencia de un año para la creación de nuevos puestos de trabajo, con disminuciones de las contribuciones patronales del 50 al 100%, según diversas condiciones.

Los destinatarios de la ley son en un 65% micro empresas, y el universo abarcado será de aproximadamente 290.000 microempleadores.

“La regularización de todos los trabajadores redundará en mejores recaudaciones en los distintos subsistemas de la seguridad social, lo cual significará, obviamente, la prestación de mejores y más altos beneficios”, aseguran los funcionarios.

Destacan además que “a diferencia de los años 90 del siglo pasado, cuando se eliminaban derechos a los trabajadores de empresas pequeñas, con esta ley se los protege”.

Como ventaja extra para los empleadores que blanqueen su nómina, se prevé una protección contra juicios por accidentes de trabajo, con todos los costos cubiertos por la ART, y en los juicios de cualquier otra naturaleza, ya que “la registración le pone límite al reclamo, al certificar la verdadera remuneración y la fecha de ingreso”.

Se crea asimismo el Registro Público de Empleadores con Sanciones Laborales (Repsal) en el que figurarán quienes incumplan la normativa laboral y de la seguridad social, al no inscribir a sus trabajadores.

La inclusión en ese Registro -cuyas características ya son detalladas por la AFIP en su página de internet (en el apartado de Consultas y Respuestas Frecuentes sobre Normativa, Aplicativos y Sistemas)- producirá restricciones en el acceso al crédito y a otros beneficios que otorga el Estado.

También figurarán en el Repsal “los que obstruyan la labor inspectiva, una de las más graves conductas del administrado, y los condenados con sentencia firme por cometer delitos en la contratación de trabajo infantil o violen la ley de trata de personas en materia laboral”, señalan en la cartera laboral.

El tiempo de permanencia en el Registro -un «verdadero acicate a la registración laboral», según las fuentes del Ministerio- “dependerá de la infracción cometida y de la oportunidad de su regularización (en caso de producirse), con un mínimo de 60 días y un máximo de 3 años.

Fuente: Telam.com.ar

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